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En el marco de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 572, del 14 de julio de 2010, todos aquellos cilindros de hierro o acero que sean utilizados para contener y transportar un fluido o gas sometido a presión deben obtener previamente un certificado..

En la fabricación de un lote de cilindros, se llevan a cabo una serie de pruebas/ensayos destinados a verificar su conformidad en cumplimiento a normativas específicas en cada tipo de cilindro. Por lo tanto, es imprescindible que los cilindros que se vayan a importar cuenten con un informe detallado de las pruebas/ensayos realizados, para garantizar la calidad y estado de los cilindros que ingresan al territorio boliviano.

Para el caso de extintores, antes de la importación, deben ser sometidos a pruebas/ensayos, detallados en el Reglamento Técnico de Extintores Portátiles de Polvo Químico Seco contra incendios (Resolución Ministerial MDPyEP/DESPACHO/Nº 098.2018, del 01 de julio de 2018).

IMPORTANTE: Antes de realizar la importación de extintores asegúrese que los modelos que ingresen al país posean el Certificado de Aprobación de Prototipo de Extintores emitido por IBMETRO, evite contratiempos.

MARCO NORMATIVO:

SOLICITUD DE SERVICIO

Los requisitos para obtener la certificación son los siguientes:

  1. Nota de solicitud dirigida al IBMETRO, indicando:
    • Nombre de la empresa, persona o apoderado, al cual irá emitido el certificado.
    • Numero de NIT del solicitante para su respectiva facturación.
    • Descripción, marca, fabricante, cantidad por modelo, y país de procedencia de los cilindros.
    • Datos de la persona encargada de la inspección, la cual estará presente al momento de la inspección con el técnico de Metrología Legal (nombre y celular).
  2. C.I. del solicitante (fotocopia de quien firma la nota de solicitud firmada con bolígrafo azul indicando la fecha de solicitud).
  3. C.I. del Importador (fotocopia firmada con bolígrafo azul indicando fecha de solicitud). En caso de ser una empresa importadora, adjuntar fotocopia del NIT y fotocopia de C.I. del Representante Legal de la empresa (incluyendo firma y fecha con bolígrafo azul).
  4. C.I. del Gestor de Aduana autorizado por la Agencia Despachante de Aduana (fotocopia firmada con bolígrafo azul indicando fecha de solicitud).
  5. Factura comercial o de reexpedición de la mercancía (fotocopia legible).
  6. Parte de recepción de mercancías - PRM (fotocopia - QR legible).
  7. Certificado de origen del producto emitido por la Cámara de Comercio del país de Origen, caso contrario certificado de origen emitido por el fabricante (fotocopia legible).
  8. Catálogo, guía o folleto con las características técnicas del producto (sólo en caso de cilindros extintores).
  9. Lista de números de series de los cilindros en formato impreso y digital (CD con la siguiente información: marca, números de serie, año de fabricación y capacidad de los cilindros en litros o kg en formato Excel).
  10. Informe de ensayos hidráulicos efectuados al 100% de los cilindros, de acuerdo a la normativa de origen, con el siguiente detalle: Norma de origen bajo la cual se fabricó y sometió a pruebas, números de serie de los cilindros a importar, marca, fabricante, lugar de fabricación u origen y resultados de las pruebas (fotocopia legible).
  11. Certificado de conformidad de los cilindros emitido por el fabricante, mencionando la normativa relacionada a la fabricación de los cilindros (fotocopia legible).

ACLARACIONES IMPORTANTES:

Para cilindros de acero importados, a medio uso, con una antigüedad menor o igual a cinco años desde su fecha de fabricación, deben presentar los siguientes documentos: Pruebas de ensayos hidráulica y/o prueba neumática. En caso de que los cilindros a medio uso no cuenten con estos ensayos no se podrá emitir el certificado correspondiente.

Para cilindros con antigüedad mayor a cinco años, se deberá presentar el certificado de recalificación de cilindro.

Para cilindros extintores de polvo químico seco contra incendios de 0,5 kg a 12 kg, debe adjuntar el Certificado de Aprobación de Prototipo emitido por el IBMETRO con fecha de validez vigente.

COSTO - CERTIFICADO DE INSPECCIÓN – CILINDROS DE ACERO SOMETIDOS A PRESIÓN

Para cilindros distintos a GNV, dispensadores y compresores de GNV, el cálculo será realizado en función al valor FOB de los cilindros.
Haga click en el botón “Calcular costo” para obtener el costo de emisión del certificado.





El depósito bancario debe ser realizado a la cuenta de IBMETRO en el Banco Unión 1-4668212 de acuerdo a la cotización emitida basada en la R.M.137.2018.

Contacto

La Paz, Oruro, Beni y Pando:
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