De acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo 28963, del 6 de diciembre de 2006 y sus modificaciones, es obligatorio que los vehículos automotores sujetos al régimen de importación, obtengan un Certificado Medioambiental, el mismo que se constituye en documento soporte para el Despacho de Importación de Mercancías.
El Certificado Medioambiental indica que los niveles de emisión de gases de escape de los vehículos sujetos a importación se encuentran dentro de los límites permisibles (NB 62002), asimismo, mediante el Certificado No SAO, se manifiesta que los dispositivos de aire acondicionado, frigobar y frigoríficos utilizan gases refrigerantes permitidos en cumplimiento del Acuerdo de Marrakech suscrito por nuestro país, preservando la salud, vida humana, animal, vegetal y el medio ambiente.
Certificaciones
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