En el marco de lo establecido en el D.S. 28963 y sus modificaciones, todos aquellos vehículos importados deben obtener un Certificado Medioambiental, el cual se constituye en un requisito indispensable para tramitar el Documento de Importación.
El Certificado Medioambiental es la constancia que un vehículo importado obtiene cuando los niveles de emisión de gases de combustión se encuentran dentro de los límites permisibles.
Todos los importadores de vehículos deben asegurarse que los talleres a los que solicitarán sus servicios se encuentren con habilitación vigente por IBMETRO para que sus resultados sean validados.
Marco Normativo
Decreto Supremo Nº 28963, del 06 de diciembre de 2006: Ingresa aquí
Decreto Supremo Nº 28139, del 17 de mayo de 2005: Ingresa aquí
Decreto Supremo Nº 2232, del 31 de diciembre de 2014: Ingresa aquí
Resolución Ministerial 357, del 14 de septiembre de 2009: Ingresa aquí
Solicitud de Servicios
Los documentos requeridos para la certificación medioambiental de vehículos en aduanas interiores y recintos de frontera son los siguientes:
- Nota de solicitud dirigida a IBMETRO solicitando la emisión del Certificado Medioambiental con la siguiente información:
- Datos del vehículo (chasis, marca, modelo, procedencia, tipo, entre otros).
- Designación de una persona encargada de la inspección, la cual estará presente al momento de la inspección con el técnico de Metrología Legal.
- Número de NIT o C.I. con el que registró los datos del vehículo en la página de la Aduana Nacional.
- C.I. del solicitante o gestor de Aduana autorizado por la Agencia Despachante de Aduana (fotocopia de quien firma la Nota de Solicitud firmada con bolígrafo azul, indicando fecha de solicitud).
- C.I. del importador (fotocopia firmada con bolígrafo azul, indicando fecha de solicitud). En caso de ser una empresa importadora, adjuntar fotocopia del NIT y fotocopia de C.I. del Representante Legal de la empresa (incluyendo firma y fecha con bolígrafo azul).
- Parte de Recepción de Mercancías – PRM (fotocopia con QR legible)
- Declaración de Zona Franca de Ingreso - DZFI (fotocopia)
- Informe de emisión de gases aprobado (copia original)
- Fotocopia de la factura del servicio del taller de emisión de gases.
- Documento de protección de la capa de ozono, emitido por un técnico autorizado por la CGO (Comisión Gubernamental del Ozono) que certifica las operaciones realizadas para el control de sustancias dañinas a la capa de ozono (copia original). (No aplica a motocicletas).
- Factura comercial o de reexpedición (fotocopia).
- Impresión del registro de solicitud de Certificación - Página de la Aduana Nacional.
El interesado debe registrar los datos del vehículo en la página de la Aduana Nacional, con NIT o C.I. en el siguiente enlace: Página de la Aduana Nacional : Ingresa aquí
Presentación de la documentación: Si el vehículo contiene equipo de frío como frigobar o frigorífico, debe presentar los documentos en las oficinas de IBMETRO en La Paz o regionales. Caso contrario, es posible realizar el trámite en las oficinas de IBMETRO en los recintos aduaneros o de frontera.
COSTO - CERTIFICADO MEDIOAMBIENTAL DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
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Certificación Medioambiental |
Zonas francas y recintos aduaneros |
100 |
El depósito bancario debe ser realizado a la cuenta de IBMETRO en el Banco Unión 1-4668212 de acuerdo a la cotización emitida (El costo asciende a Bs 359,60 por vehículo si presenta frigobar o frigorífico).
LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES
El límite máximo permisible de emisión de gases, de acuerdo a la Norma Boliviana NB 62002.
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Año de fabricación |
CO% de volumen |
HC (PPM) |
CO% de volumen |
HC (PPM) |
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Altura sobre el nivel del mar |
Altura sobre el nivel del mar |
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Hasta 1800 msnm |
Mayor a 1800 msnm |
Hasta 1800 msnm |
Mayor a 1800 msnm |
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Hasta 1997 |
6 |
600 |
650 |
2,5 |
600 |
650 |
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1998 a 2004 |
2,5 |
400 |
450 |
2,5 |
400 |
450 |
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2005 en adelante (1) |
0,5 |
125 |
125 |
0,5 |
125 |
125 |
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(1) Después de tres años de uso, los límites permisibles aplicables estarán de acuerdo a los límites especificados para los años de fabricación de 1998 a 2004. |
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C = Monóxido de carbono. HC (ppm) = Hidrocarburos expresados en partes por millón. |
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VEHÍCULOS A DIÉSEL |
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0 – 1500 |
2,44 |
65 |
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1501 – 3000 |
2,80 |
70 |
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3001 – 4500 |
3,22 |
75 |
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